LA NUEVA NORMATIVA DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA DE  RECETAS DE ANTIBIÓTICOS EN  GANADERÍA, ENTRARÁ EN VIGOR EL PRÓXIMO MES DE ENERO

Tras su publicación en el Boletín Oficial de Estado (BOE) el pasado 17 de abril, el Real Decreto por el que se establece la comunicación electrónica de datos de las prescripciones veterinarias de antibióticos y piensos medicamentosos destinados a animales productores de alimentos para consumo humano entrará en vigor el 2 de enero de 2019.
El nuevo Real Decreto, que fue aprobado por el Consejo de Ministros el día 6 de abril a propuesta del MAPAMA, regula las condiciones y requisitos aplicables a la transmisión electrónica de estas prescripciones, estableciendo que los veterinarios deben proporcionar a la Administración los datos relativos a los antibióticos que prescriban a animales de consumo humano en las explotaciones en las que trabajan.
Esta nueva norma permitirá avanzar en los trabajos desarrollados en el marco del Plan Nacional frente a la Resistencia a los Antibióticos (PRAN), cuyo objetivo es afrontar el grave problema de salud pública que constituye el desarrollo de resistencia bacteriana. La disponibilidad de datos cuantitativos sobre los antibióticos que se recetan a los animales de producción ayudará a mejorar la utilización de estos medicamentos y a concienciar sobre la importancia del uso prudente y sostenible de los mismos.
En una reunión reciente, D. Valentin Almansa, Director General de Sanidad en la Producción Agraria, comentaba que no sólo se trata de un problema de Salud Pública, sino que nos encontramos ya ante un problema que también afecta a la Salud Animal, dado a que se están encontrando casos en campo, donde los antibióticos no están siendo eficaces en la cura de enfermedades, que hasta ahora remitían bien tras instaurar el tratamiento adecuado.
D. Valentin Almansa, respecto a esta nueva Normativa que entrará en vigor el próximo 2 de enero, nos habla de que este tema sobre resistencias a los antibióticos, ha sido, es y será una prioridad del Gobierno.
Con la comunicación electrónica de recetas a esta Base de Datos Nacional, se pretende desde la Administración, conocer con más detalle el uso de antibióticos para detectar posibles irregularidades y sectorizar tanto el uso, como el mal uso, de los distintos grupos de antibióticos.
La administración pretende tener una visualización sobre el uso de ANTIBIÓTICOS, conociendo:
* QUÉ SE PRESCRIBE
* A QUIÉN SE PRESCRIBE
* CUÁNDO SE PRESCRIBE
* CUÁNTO SE PRESCRIBE
Esta Base de Datos ya está en pruebas con diferentes CCAA para el volcado de datos, desde las diferentes plataformas de Receta Electrónica Veterinaria, de las que existen 17 modelos diferentes en todo el territorio español y avanza según las previsiones, por lo que la Administración avisa de que no habrá prórrogas. Cada Comunidad comunicará sus datos, con un sistema flexible para que nadie se quede fuera.
A día de hoy somos el único país de Europa con este sistema de comunicación sobre consumo de antibióticos, lo que hará mejorar nuestra visibilidad al resto de países, y seremos un modelo a seguir en la lucha contra las resistencias  a antimicrobianos.
El Nuevo Reglamento Europeo sobre medicamentos veterinarios, obligará a los distintos países a tener este tipo de Base de Datos sobre consumos de antibióticos y obligará también a incluir a los animales de compañía.

¿Qué debe hacer el veterinario en Andalucía?

Para dar cumplimiento a la Normativa, siempre que prescriban antibióticos o piensos medicamentosos formulados en base a premezclas medicamentosas que sean antibióticos, todos los veterinarios deberán realizar una comunicación electrónica a RECEVET, la plataforma Andaluza de Receta Electrónica Veterinaria, siempre que la receta original la hayan realizado en formato papel.
En caso de haber utilizado para la prescripción RECEVET, no tendrán que hacer nada.
 
A partir del próximo 2 enero, el veterinario prescriptor, tendrá obligación de reflejar en RECEVET todas las recetas de antibióticos que realice en papel.
Para ello, RECEVET el pasado 30 de agosto en su apartado COMUNICACIONES, publicó la siguiente entrada:

Transcripción de recetas cumplimentados en talonarios a RECEVET

Una vez en RECEVET, el veterinario prescriptor deberá seleccionar la opción Receta de Talonario y a continuación se indicará el tipo de prescripción del que se trata (normal, excepcional para animales de otra especie, etc…).

Se cumplimentará el número y la serie de la receta, la cual debe estar en la despensa del veterinario que está identificado en RECEVET. También se indicará la fecha de firma de la receta y la especie de destino.

Se trascribirá a continuación el contenido de la prescripción, igual que si se realizara una receta en Recevet, con medicamento, unidades, presentación, dosis y datos de la explotación y al final se pinchará «enviar».

Los datos contenidos en la prescripción se guardará en la base de datos, serán accesible en el libro de tratamientos de la explotación y la información se enviará a la plataforma habilitada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para datos de recetas de antibióticos.

 

 

 

 

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